Sistemas de alarma por voz

Objetivos y uso

Los sistemas de alarma que se basan en mensajes hablados para advertir y dirigir a las personas se denominan sistemas de notificación de emergencia electroacústicos o sistemas de alarma por voz, dependiendo de la norma aplicable.

A continuación, utilizamos el término «alarma por voz» para ambos tipos, siempre que no haya diferencias entre ellos.

El objetivo de la alarma por voz es informar a las personas en situaciones de emergencia mediante mensajes de voz, induciéndolas así a abandonar una zona peligrosa de forma rápida y ordenada.

La alarma por voz también puede utilizarse para iniciar medidas operativas para la protección de la propiedad.

El cuerpo de bomberos puede utilizar este sistema para dar instrucciones claras para la evacuación de un edificio.

Estas instrucciones están dirigidas en particular a cualquier persona externa presente en estos edificios.


Regulación y estandarización

Existen diferentes tipos de normas y reglamentos que afectan a los sistemas de alarma por voz (SAV).

Aquí cubriremos principalmente las normas y regulaciones que se originaron a partir de las estandarizaciones de la UE y que se aplican en varios Estados miembros de la UE.

Pueden existir otras normas nacionales que cubran partes de las instalaciones que no están cubiertas por las normas de la UE, por ejemplo, para la resistencia al fuego de los cables.

Además, pueden existir leyes y reglamentos nacionales para las construcciones relacionadas con el fuego.

No podemos cubrir aquí todas las leyes, regulaciones y normas nacionales debido a la limitación de espacio.


Directiva y reglamento sobre los productos de construcción

Aparte de otros productos de construcción, la directiva sobre productos de construcción (CPD, por sus siglas en inglés) cubría los requisitos generales de los equipos contra incendios.

Esta directiva fue adoptada por la mayoría de los Estados miembros de la UE, por lo que tres normas de productos de la serie EN 54 pasaron a ser obligatorias para los SAV en esos Estados en 2010.

El reglamento sobre productos de construcción entró en vigor a finales de marzo de 2011.

El período de transición, es decir, el tiempo de solapamiento de la directiva y el reglamento, terminó el 1 de julio de 2013.

El reglamento sobre productos de construcción de la UE está por encima de las directivas o reglamentos nacionales y ahora es obligatorio en todos los Estados miembros de la UE.

Tanto la directiva como el reglamento requieren una certificación de los equipos SAV, incluyendo las fuentes de alimentación, el sistema de control electrónico (VACIE: equipo de alarma e indicación por voz) y los altavoces.

Los productos certificados en virtud de la CPD pueden seguir utilizándose sin ninguna modificación bajo el nuevo CPR.

Sin embargo, en virtud del CPR, el nombre del certificado cambió de «certificado de conformidad CE» a «certificado de constancia de rendimiento», y el fabricante tiene que proporcionar la denominada declaración de rendimiento (DdR), declarando el rendimiento del producto con respecto a los requisitos esenciales enumerados en las normas de producto.

El CPR no influye en las normas nacionales de aplicación o instalación.

Afecta solo al producto y, por lo tanto, es una cuestión del fabricante.


Normas relativas a los productos

El equipo de un SAV (es decir, el sistema de control electrónico VACIE, las fuentes de alimentación y los altavoces) debe ser probado y certificado por un organismo notificado (NB) designado por el fabricante según las siguientes normas:

  • sistema electrónico («VACIE»):
  • EN 54-16
  • fuente de alimentación (PSE):
  • EN 54-4
  • altavoz:
  • EN 54-24

Proporcionamos una amplia gama de equipos de alarma por voz certificados, desde sistemas electrónicos (VACIE) que incluyen las fuentes de alimentación hasta altavoces.


Normas de aplicación de la UE

En varios Estados miembros de la UE se aplican dos normas de la UE:

  • EN 60849 (será reemplazada por EN 50849 en breve) y
  • TS 54-32.

La EN 60849 también se llama norma de sistema porque no cubre solo la aplicación, sino también los productos.

Como había algunas discrepancias entre esta norma y la norma EN 54, se revisó y se publicará pronto con el nombre de norma EN 50849.

La TS 54-32 pertenece a la serie EN 54, pero no es una norma armonizada; por lo tanto, es una especificación técnica.

Ya fue adoptada por algunos Estados miembros de la UE.

Abarca la planificación, el diseño, la instalación, la puesta en marcha, el uso y el mantenimiento de sistemas de alarma por voz con requisitos específicos.

Ambas normas tienen requisitos similares, pero no solo para

  • el sistema de suministro de energía:
  • red de CA y baterías
  • energía de reserva:
  • alarma de 30 minutos, 24 horas en espera
  • mensajes de emergencia: con entre 4 y 10 segundos de señal de atención antes del mensaje
  • niveles de habla de emergencia: mín. 65 dB, mín. 6 dB por encima del ruido ambiente, máx. 120 dB
  • inteligibilidad:
  • STI igual o superior a 0,5

En la siguiente tabla se muestra una comparación de ambas normas